El MTC publicó para comentarios un proyecto normativo que busca que los usuarios identifiquen claramente las llamadas y mensajes de texto comerciales o publicitarios realizados por proveedores. La propuesta introduce reglas como el uso exclusivo de números de la serie 500 por proveedor y la creación de un registro público de asignación, relevantes para quienes realizan campañas de llamadas o SMS.
El 17 de abril de 2026, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (“MTC”) publicó, para comentarios del público, el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Norma sobre la Numeración para la Identificación de Llamadas y Mensajes de Texto realizados con fines comerciales y/o publicitarios (el “Proyecto de Norma”). Cabe mencionar que el Proyecto de Norma se basa en la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 32323 (Ley Antispam), la cual establece que el Poder Ejecutivo debe emitir la normativa adicional para otorgar numeración telefónica especial a los proveedores, a fin de que los consumidores puedan identificar las llamadas y mensajes de texto (spam) que reciban.
El Proyecto de Norma busca que los usuarios identifiquen las llamadas y mensajes de texto que brinden información con fines comerciales y/o publicitarios y que sean originados por proveedores, según la definición de éstos últimos prevista en el Código de Protección y Defensa del Consumidor[1].
En suma, el Proyecto de Norma introduce reglas relevantes para los proveedores que realicen campañas de llamadas o envíos de mensajes de texto a sus clientes, usuarios o consumidores. Las principales disposiciones a tener en cuenta si se utiliza este tipo de canales de contacto son las siguientes:
1. Uso Exclusivo del Número de Abonado
- El operador que presta el servicio público de telefonía fija o móvil deberá asignar la numeración de la serie 500 de manera exclusiva a cada proveedor que solicite un número para realizar llamadas o enviar mensajes de texto con fines comerciales o publicitarios.
- En ese sentido, no será posible que dos o más proveedores compartan un mismo número de la serie 500 de forma simultánea.
2. Registro de Asignación de la Serie de Numeración 500
- El Proyecto de Norma dispone la creación del Registro de Asignación de la Serie de Numeración 500, el cual contendrá información actualizada sobre la numeración asignada a cada proveedor.
- Este registro será administrado y publicado por el MTC en su portal institucional, lo que permitirá a los usuarios verificar el proveedor que se encuentra asociado a cada número de la serie 500.
El MTC recibirá comentarios hasta el sábado 2 de mayo de 2026, a través del siguiente correo: [email protected]. El Proyecto de Norma está disponible en el siguiente enlace.
Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.
[1] De acuerdo con el numeral 2 del Artículo IV del Código de Protección y Defensa del Consumidor, se considera proveedor a toda persona natural o jurídica, de derecho público o privado, que de manera habitual fabrique, elabore, manipule, acondicione, mezcle, envase, almacene, prepare, expenda o suministre productos, o que preste servicios de cualquier naturaleza a los consumidores.