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Cambios clave a la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas que fortalecen la defensa empresarial

08/05/2026

El día de hoy, 8 de mayo de 2026, se promulgó la Ley N.° 32587, la cual modifica el Decreto Legislativo N.° 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas (“Ley”). Las modificaciones introducidas buscan hacer más efectivo el sistema de control de cargas regulatorias, brindando a empresas y ciudadanos mayor seguridad jurídica, rapidez en la eliminación de trabas indebidas y mejor defensa frente a la Administración Pública.

A continuación, destacamos los tres cambios con mayor impacto práctico para los administrados:

  • Las resoluciones que ponen fin a la instancia se apelan sin efecto suspensivo, salvo que exista una decisión motivada en contrario. Lo anterior significa que las decisiones favorables en primera instancia administrativa pueden ejecutarse sin dilaciones, evitando que la apelación sea utilizada por las entidades administrativas como una estrategia para prolongar barreras ilegales y retrasar inversiones o proyectos empresariales.
  • Se establece que, cuando ya exista una decisión que haya ordenado la inaplicación con efectos generales de una barrera burocrática, cualquier nueva denuncia sobre esa misma barrera se tramitará como denuncia informativa por incumplimiento. Esto refuerza el carácter vinculante de las decisiones y se reduce la reincidencia regulatoria, disminuyendo costos y litigios repetitivos para las empresas.
  • Cualquier persona natural o jurídica puede denunciar barreras burocráticas en defensa de derechos o intereses difusos o colectivos, sin necesidad de acreditar una afectación directa. Ello, facilita una defensa preventiva del mercado y de sectores económicos completos, incluso antes de que el daño se materialice individualmente.

Entre las otras modificaciones que refuerzan y ordenan el sistema de barreras burocráticas tenemos a las siguientes medidas:

  • Los gobiernos regionales y locales solo podrán cuestionar judicialmente decisiones en materia de barreras burocráticas si cuentan con autorización expresa e indelegable de su máxima autoridad. Ello, limita la judicialización automática y se incrementa la estabilidad de las decisiones favorables a los administrados.
  • La inaplicación de barreras carentes de razonabilidad, detectadas en procedimientos iniciados de oficio, tendrá efectos generales. Lo anterior permite que los beneficios alcanzan automáticamente a todo el mercado, sin necesidad de múltiples denuncias individuales.
  • Las barreras burocráticas ilegales contenidas en disposiciones o actuaciones materiales también se inaplican con efectos generales, con la excepción de ciertos supuestos de revocación indirecta de licencias. Con ello, se amplía la protección frente a prácticas administrativas que suelen afectar de manera generalizada a los agentes económicos.
  • La Ley precisa que la Comisión y la Sala Especializada en Barreras Burocráticas revisan la barrera burocrática en sí, aun cuando esta se materialice en actos administrativos, disposiciones o actuaciones materiales. Esta precisión reduce discusiones formales y se focaliza el análisis en el impacto regulatorio real, haciendo el sistema más técnico y predecible.

La Ley entrará en vigor el 9 de mayo de 2026. No obstante, los procedimientos en curso sin pronunciamiento definitivo continuarán rigiéndose por la normativa anterior.


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